Los clubes que disputan partidos en las instalaciones municipales podrán contar con público cumpliendo una serie de medidas

La concejalía de Deporte ha enviado un documento a  los clubes de la ciudad que disputan partidos en las instalaciones municipales, en la que se establece la fórmula de que puedan incluir público en los eventos que tengan, cumpliendo una serie de medidas.

La concejala de Deporte, Paula Rodríguez, ha señalado que este documento “no obliga en ninguno de los casos a que tenga que haber público en las instalaciones, solo brinda la posibilidad a quienes lo planteen, cumpliendo las medidas que se establecen”.

Debido a la pandemia de COVID-19, ha recordado, “y con el fin de continuar frenando su expansión y reducción de las tasas de contagio, hasta ayer el Instituto Municipal de Deporte exclusivamente permitía la entrada de público en los recintos deportivos en los que se celebraran competiciones oficiales de ámbito nacional”.

Por su parte,  ha añadido, “el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 2 de septiembre de 2020, permite la presencia de público en las competiciones y eventos deportivos hasta un porcentaje del cincuenta por ciento de la capacidad del aforo máximo de espectadores de la instalación deportiva, siempre que se respete la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre cada espectador o grupo de espectadores convivientes sentados en sus localidades”.

De conformidad con este acuerdo, a partir de este fin de semana se permitirá la entrada de público a las instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Cáceres, no nacionales, siempre que se cumplan una serie de condiciones: que la competición que se pretende organizar sea de carácter oficial bajo la tutela de la Federación deportiva correspondiente, y que la entidad deportiva organizadora se haga cargo del establecimiento de las medidas anticovid que se establezcan. Además, el organizador de la competición tiene que presentar con un mínimo de 7 días de antelación un protocolo con las normas que impondrá durante la celebración de la competición para su revisión y visado por el Instituto Municipal de Deportes, que deberá definir como mínimo los sistemas establecidos para el control de las medidas y de seguridad, higiene y prevención.

Entre estas medidas, el número máximo de espectadores en ningún caso sobrepasará el aforo máximo establecido para la instalación por el Instituto Municipal de Deportes, sistema establecido para el control del número de asistentes, así como para el cumplimiento de las medidas generales de seguridad, higiene y prevención aplicables, entre las que deben destacar: mantenimiento de la distancia de seguridad de un metro y medio entre personas, uso obligatorio de mascarillas, dispensadores de geles hidroalcohólicos, evitar aglomeraciones de personas, especialmente en la entrada y salida de la instalación, o para evitar la circulación de personas durante la competición.

Asimismo, el mecanismo para obtener la identificación y domicilio de todas las personas participantes, y que podrá ser requerido por la autoridad competente; declaración firmada por la que la entidad organizadora por la que se hace responsable del cumplimiento estricto de las medidas establecidas; y copia de la comunicación realizada a la federación deportiva correspondiente, por la que se informa de las condiciones impuestas para la entrada de público.

En ningún caso estará permitida la apertura de barras de bar, o el establecimiento de lugares para ningún tipo de venta, o cualquier otro tipo reparto; el coordinador y responsable de las medidas de seguridad deberá estar presente y localizable durante todo el desarrollo de la competición; y no estará permitido el acceso de público a la instalación sin el visado del protocolo por el Instituto Municipal de Deportes.

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